Diagnóstico canino: definición y remedios

Criterios morfológicos de categorización

Los perros de 1ª o 2ª categoría están designados por la ley n° 99-5 del 6 de enero de 1999 como "perros peligrosos" .

Como recordatorio, los perros de la categoría 1era son perros no registrados en el Libro de Orígenes Franceses (LOF) tipo:

  • American Staffordshire Terrier (o “pitbulls”),
  • Mastín (o “boerbulls”),
  • Tosa.

En cuanto a los perros de categoría 2th, se trata de perros tipo Rottweiler no registrados en el LOF o perros registrados en el LOF de raza:

  • Staffordshire terrier americano,
  • Tosa,
  • Rottweiler.

Con excepción de los perros registrados en el LOF (y por lo tanto se puede acreditar la raza con el acta de nacimiento o pedigrí del perro), su pertenencia a la 1erao 2 La categoríath se realiza de acuerdo con los criterios morfológicos especificados por el decreto del 27 de abril de 1999. Los perros "tipo" Amstaff, Mastiff, Tosa o Rottweiler se clasifican, por lo tanto, de acuerdo con las características morfológicas que los acercan físicamente. a las razas correspondientes.

Los criterios morfológicos en cuestión se dan en el decreto del 27 de abril de 1999 y se resumen en la siguiente tabla:

American staffordshire terrier (pitbull)Mastín (boerbull)TosaRottweiler
Tipo de perroCriterios morfológicos
  • Pequeño mastín de color variable que tiene una circunferencia torácica que mide aproximadamente entre 60 cm y 80 cm,
  • Peso de 18 a 40 kg,
  • Altura a la cruz de 35 a 50 cm,
  • Perro musculoso, de pelo corto, de aspecto poderoso, con un frente macizo y una parte trasera comparativamente ligera,
  • Tope ligeramente marcado, hocico del mismo largo que el cráneo pero más estrecho, nariz delante del mentón,
  • Mandíbulas fuertes con músculos prominentes en las mejillas.
  • Mastín generalmente leonado, de pelo corto, alto, musculoso, con un cuerpo alto, macizo y largo,
  • Perímetro torácico>80 cm,
  • Altura a la cruz: 50 a 70 cm,
  • Peso>40 kg,
  • Cabeza ancha con cráneo ancho y hocico bastante corto, labios colgantes,
  • Cuello ancho con pliegues cutáneos (papada),
  • Cuerpo bastante grueso y cilíndrico
  • Volumen del vientre cercano al del pecho.
  • Mastín de pelo corto, leonado, atigrado o negro, de gran tamaño y constitución robusta,
  • Perímetro torácico>80 cm,
  • Altura a la cruz: 60 a 65 cm,
  • Peso>40 kg,
  • Cabeza con cráneo ancho, stop marcado y hocico de longitud mediana,
  • Mandíbula superior e inferior fuertes,
  • Cuello musculoso con pliegues cutáneos (papada),
  • Pecho ancho y alto,
  • Vientre recogido,
  • Cola gruesa en la base.
  • Mastín de pelo corto, pelaje negro y fuego,
  • Perro rechoncho, algo largo y de cuerpo cilíndrico,
  • Circunferencia torácica superior a 70 cm,
  • Altura a la cruz: 60 a 65 cm,
  • Peso>30 kg,
  • El cráneo es ancho con una frente abovedada y mejillas musculosas,
  • El hocico tiene mandíbulas medianas a fuertes,
  • Parada fuerte,
  • Nariz a la altura del mentón.

¿Qué es un diagnóstico?

Un diagnóstico es un examen realizado por un veterinario autorizado para determinar si un perro pertenece o no a una de las categorías de los llamados perros "peligrosos" (categoría 1 o 2). En el momento del examen se toman medidas precisas como la altura a la cruz o el peso para determinar si el perro tiene las características morfológicas que lo ubicarían en una u otra de las categorías.

Al finalizar la consulta, el veterinario entrega un documento oficial al dueño del perro por el cual asume su responsabilidad. A veces el veterinario no puede determinar con certeza si el perro pertenece o no a la categoría 1 o 2, cuando el perro es demasiado joven. Si es necesario, lo indicará en un informe diagnóstico y se deberá realizar una nueva determinación cuando el perro tenga entre 8 y 12 meses.

¿Cuándo se realiza un diagnóstico?

Es posible que se requiera un veterinario para realizar un diagnóstico:

  • cuando exista duda sobre si un perro pertenece a una de las dos categorías, a petición del propietario o de un ayuntamiento,
  • antes de realizar una evaluación del comportamiento solicitada por el propietario de un perro de categoría 1 o 2 como parte de sus obligaciones legales o por un ayuntamiento.